This is an archive of a past election.
See http://www.smartvoter.org/ca/cc/ for current information.
LWV League of Women Voters of California Education Fund If you appreciate our service to voters, please consider helping us with a donation.
Smart Voter
Contra Costa County, CA March 3, 2009 Election
Measure A
Incorporation Measure
Proposed Town of Alamo

Majority Approval Required

Fail: 2468 / 35.6% Yes votes ...... 4456 / 64.4% No votes

See Also: Index of all Measures

Information shown below: Impartial Analysis | Arguments | Full Text

Shall the order of the Contra Costa Local Agency Formation Commission, adopted on September 18, 2008, as Resolution No. 07-27, ordering the incorporation of the territory described and designated in Resolution No. 07-27 as the "Incorporation of the Town of Alamo", be confirmed, subject to the terms and conditions specified in Resolution No. 07-27? INCORPORACI"N PROPUESTA DEL PUEBLO DE ALAMO: øDeberá confirmarse la orden de la Comisión de Formación de las Agencias Locales de Contra Costa, adoptada el 18 de septiembre de 2008, como la Resolución Nº 07-27, que ordena la incorporación del territorio descrito y designado en la Resolución Nº 07-27 como la ìIncorporación del Pueblo de Alamoî, sujeta a los términos y condiciones especificados en la Resolución Nº 07-27?

Impartial Analysis from Contra Costa Local Agency Formation Commission (LAFCO)
This is a ballot measure to determine if the voters in the unincorporated community of Alamo wish to incorporate as a city.

The boundaries of the proposed new city encompass 9.87+ square miles with an estimated population of 16,700; and is generally bounded by the City of Walnut Creek and unincorporated territory ("Tice Valley") to the north, Town of Danville to the south, Las Trampas Regional Wilderness to the west, and Mt. Diablo and Diablo Foothills State Parks to the east.

If approved by a majority of voters, the measure will:

  • Establish Alamo as a general law city effective June 30, 2009, governed by a 5-member city council elected at-large by voters on the same ballot as this measure.
  • Provide for appointment of a city manager, city attorney, city clerk, and treasurer.
  • Establish a provisional appropriations limit of $8,643,695. Every new agency is required to have a temporary limit to constrain the amount of tax revenues that can be expended in a given year. Voters will establish a permanent appropriations limit at a future election.

The city would assume responsibility from the County for certain local services such as police, land use planning, building & safety, code enforcement, road maintenance, animal control, and parks & recreation. The city council may choose to hire staff directly or contract with the County or other entities to perform these functions. The County will continue to provide countywide services such as social services, public health and administration of justice (courts, public defender, district attorney, probation). Services currently provided by special districts, such as fire, water and wastewater will continue to be provided those agencies. School district boundaries are not affected by this proposal.

As required by Local Agency Formation Commission (LAFCO) guidelines, the proposed city is expected to receive revenues sufficient to provide public services and facilities and a reasonable reserve for at least eight fiscal years following incorporation. The finding was made based on a comprehensive fiscal analysis (CFA) as caused to be prepared by LAFCO. The analysis assumes the existing level of service will be maintained.

No new or increased taxes or assessments are proposed as part of this measure. The new city will receive some unrestricted revenues generated in the local area that currently accrue to the County, such as sales and use taxes, franchise fees and a portion of the property taxes. The new city will also receive new general purpose revenue directly from the State, including, most significantly, Motor Vehicle License Fees. Current assessments would continue to fund services in the same areas within Alamo that are covered by County Service Areas.

The LAFCO resolution approving the incorporation and establishing the specific terms and conditions for the incorporation is included in the ballot materials. Additional information, such as the CFA, environmental review and Executive Officer's report, is available online (http://www.contracostalafco.org.)

The above statement is an impartial analysis of Measure A. Please contact the Elections Office at 925-335-7800 for a full copy of the measure.

Lou Ann Texeira, Executive Officer
Contra Costa LAFCO

AN¡LISIS IMPARCIAL DEL PUEBLO DE ALAMO DE LA INCORPORACI"N PROPUESTA DE LA MEDIDA A

...sta es una medida de la balota para determinar si los votantes en la comunidad no incorporada de Alalmo desean incorporarla como ciudad.

Los límites de la nueva ciudad propuesta abarcan 9.87+ millas cuadradas con una población estimada de 16,700; y en general está limitada por la Ciudad de Walnut Creek y el territorio no incorporado (ìTice Valleyî) al norte, el Pueblo de Danville al sur, el Parque Natural Regional Las Trampas al oeste y Mt. Diablo y los Parques del Estado Diablo Foothills al este.

Si es aprobada por la mayoría de los votantes, la medida:

ï Establecerá a Alamo como una ciudad bajo el régimen de la ley general con vigencia a partir del 30 de junio de 2009, regida por un concejo municipal integrado por 5 miembros elegidos en general por los votantes en la misma balota que esta medida. ï Estipulará la designación de un administrador de la ciudad, abogado de la ciudad, secretario municipal y tesorero. ï Establecerá un límite provisional a las apropiaciones de $8, 643,695. Toda agencia nueva debe tener un límite temporal para restringir el monto de los ingresos provenientes de impuestos que pueden ser gastados en un año dado. Permitirá a los votantes establecer un límite permanente a las apropiaciones en una elección futura.

La ciudad asumiría la responsabilidad del Condado por ciertos servicios locales como policía, planificación del uso del terreno, construcción y seguridad, cumplimiento de los códigos, mantenimiento de carreteras, control de animales y parques y recreación. El concejo municipal puede optar por contratar el personal directamente o contratar al Condado u otras entidades para que cumplan estas funciones. El Condado seguirá prestando servicios en todo el condado tales como servicios sociales, salud pública y administración de la justicia (tribunales, defensor público, fiscal del distrito, agentes de libertad condicional). Los servicios actualmente suministrados por los distritos especiales, tales como los distritos de protección contra incendios, agua y aguas residuales seguirán siendo suministrados por dichas agencias. Los límites de los distritos escolares no están afectados por esta propuesta.

Según lo requerido por las pautas de la Comisión de Formación de las Agencias Locales (LAFCO, por su siglas es Ingles), se prevé que la ciudad propuesta recibirá ingresos suficientes para suministrar instalaciones y servicios públicos y una reserva razonable por al menos ocho años fiscales después de la incorporación. La conclusión se obtuvo en base a un estudio fiscal comprensivo (CFA) que LAFCO mandó a preparar. El estudio asume que se mantendrá el nivel existente de servicio.

No se proponen nuevos impuestos o gravámenes o aumentos de los mismos como parte de esta medida. La nueva ciudad recibirá algunos ingresos ilimitados generados en el área local que actualmente acumulan para el Condado, tales como los impuestos a las ventas y al uso, las tarifas de franquicia y una parte de los impuestos a la propiedad. La nueva ciudad también recibirá nuevos ingresos con fines generales directamente del Estado, incluyendo, principalmente, las Tarifas de Licencia para Vehículos Motorizados. Los gravámenes actuales seguirían financiando los servicios en las mismas áreas dentro de Alamo que están cubiertas por las ¡reas de Servicio del Condado.

La resolución de LAFCO que aprueba la incorporación y establece los términos y condiciones específicos para la incorporación está incluida en los materiales de la balota. La información adicional, como el CFA, el análisis del medio ambiente y el informe de la Funcionaria Ejecutiva, está disponible en línea en (http://www.contracostalafco.org.)

La declaración anterior es un análisis imparcial de la Medida A. Favor de comunicarse con la Oficina Electoral al 925-335-7800 para obtener una copia completa de la medida.

Lou Ann Texeira, Funcionaria Ejecutiva
LAFCO de Contra Costa

 
This election is archived. Any links to sources outside of Smart Voter may no longer be active. No further links will be added to this page.
Links to sources outside of Smart Voter are provided for information only and do not imply endorsement.

Arguments For Measure A Arguments Against Measure A
Only through incorporation can Alamo maintain its unique character.

Alamo voters can make Alamo our Town and elect a Town Council that will be accountable only to Alamo citizens and protect and preserve the Alamo we all love.

The County has enormous fiscal problems. It is already slashing services.

Making Alamo a town allows Alamo to manage its own planning, parks, policing, and roads through an elected Town Council. It will have access to more than $1 million annually in tax revenues that are only available to cities and not available to the County. And, its costs will be lower than the County's with its crippling retiree obligations.

This means that Alamo can maintain and improve services while the County is executing drastic cuts. Alamo starts as a new Town and will set its own fiscal policies unaffected by previous County history and in the best interests of the residents of Alamo. An agreement has been reached that protects vital County services from any damage as a result of incorporating Alamo.

There are no tax or fee increases required, predicted or permitted for Alamo incorporation.

The State of California has approved Alamo incorporation based on stringent financial analysis. We have exceeded tough state and county requirements and demonstrated conclusively that Alamo can afford incorporation and provide improved community services without raising taxes.

This is an excellent opportunity for Alamo to preserve and protect itself during tough economic times.

Already, more than 3,000 Alamo residents signed a petition to bring the incorporation question to a vote. Your Yes vote to incorporate will protect Alamo's character and services. Please join in the work of building a future we can all support. Vote Yes on Measure A. To learn more visit http://www.alamoinc.org.


Claudia P. Waldron,
Rotary Citizen of the Year/
Alamo Business Person of the Year


California Youth Fair/
Kirk Doberenz, Secretary


Richard Delfosse,
Rotary Citizen of Year/
Alamo Business Person of Year


Chris Kenber,
Former School Board Trustee/
Director, Alamo Incorporation Movement


Frank Lockwood, President
Association for the Preservation of Danville Blvd.

ARGUMENTO A FAVOR DE LA MEDIDA A

Sólo a través de la incorporación podrá Alamo mantener su carácter singular.

Los votantes de Alamo pueden hacer de Alamo nuestro Pueblo y elegir un Concejo Municipal que será responsable sólo ante los ciudadanos de Alamo y protegerá y preservará el Alamo que todos amamos.

El Condado tiene enormes problemas fiscales. Ya está rebajando drásticamente los servicios.

Hacer de Alamo un pueblo permite que Alamo administre su propia planificación, parques, vigilancia policial y carreteras a través de un Concejo Municipal electo. Tendrá acceso a más de $1 millón anuales en ingresos impositivos que sólo están disponibles para las ciudades y no disponibles para el Condado. Y sus costos serán menores que los del Condado con sus agobiantes obligaciones jubilatorias.

Esto significa que Alamo puede mantener y mejorar los servicios mientras el Condado está realizando recortes drásticos. Alamo comienza como un nuevo Pueblo y establecerá sus propias políticas fiscales no influenciadas por la historia anterior del Condado y en el mejor de los intereses de los residentes de Alamo. Se ha llegado a un acuerdo que protege los servicios vitales del Condado de cualquier daño como resultado de la incorporación de Alamo.

No se requieren, prevén o permiten aumentos de impuestos o tarifas para la incorporación de Alamo.

El Estado de California ha aprobado la incorporación de Alamo basándose en un estricto análisis financiero. Hemos superado los difíciles requisitos del estado y del condado y hemos demostrado concluyentemente que Alamo puede hacer frente a la incorporación y ofrecer mejores servicios a la comunidad sin aumentar los impuestos.

...sta es una excelente oportunidad para que Alamo se preserve y se proteja a sí mismo durante los difíciles momentos económicos.

Más de 3,000 residentes de Alamo ya han firmado una petición para someter la cuestión de la incorporación a una votación. Su voto Sí para la incorporación protegerá el carácter y los servicios de Alamo. Por favor, únase al trabajo de construir un futuro que todos podamos sostener. Vote Sí en la Medida A. Para conocer más, visite http://www.alamoinc.org.


Claudia P. Waldron,
Ciudadana del Año del Rotary Club /
Empresaria del Año de Alamo


Feria Juvenil de California
Kirk Doberenz, Secretario


Chris Kenbar,
Ex Fideicomisario de la Junta
Escolar / Director, Movimiento para la Incorporación de Alamo


Richard Delfosse,
Ciudadano del Año del Rotary Club/
Empresario del Año de Alamo


Asociación para la Preservación
de Danville Boulevard
Frank Lockwood, Presidente

Rebuttal to Arguments For
There is no provision for citizen oversight in the model for a contract-city proposed by the proponents of incorporation. A 5-member autocratic town council and Planning Commission will control 16,700 citizens of our community. Every county and city government, including any future town, faces enormous fiscal pressure to survive. Increased contract-service fees in 2009-2010, including police, impacts real revenue estimates stated in the LAFCO 2006-2007 CFA. To propose incorporation of Alamo during the greatest economic meltdown since the Great Depression is reckless and irresponsible.

The State agency, Local Agency Formation Commission (LAFCO), did not conclusively demonstrate stringent, tough, requirements by approving a 2006-07 fiscal analysis. On the contrary, prior to approval, a majority of LAFCO Commissioners' expressed serious concern of cost assumptions contained in the 2006-07 Certified Fiscal Analysis (CFA).

The 3000 Alamo residents who signed the petition circulated by proponents of Alamo Incorporation Movement (AIM) did not sign the petition to bring the incorporation question to a vote. The petition for the incorporation of the town of Alamo, submitted with the application to LAFCO, contains the following words:

"Your signature on this Petition does not commit you to support the incorporation of the Town of Alamo."

"YOUR DECISION TO SUPPORT OR REJECT INCORPORATION, REMAINS ENTIRELY IN YOUR HANDS."

Proponents of AIM continue to spin their web of deception and misinformation in a zealous quest to turn our community into a contract-city, in partnership with a fiscally irresponsible County government. THERE IS NO RETURN FROM INCORPORATION, EVER!


Denise M. Padovani
Senior Financial Consultant,
Vice President, US Bancorp Investments, Inc.


R. Jean Taylor
Editor, Alamo Spotlight


Stephen L. Heafey
Business Owner, Pacific Communications


Anthony M. Carnemolla
Business Owner, Dad's Locksmith & Security

REFUTACI"N AL ARGUMENTO A FAVOR DE LA MEDIDA A

No hay una disposición para la supervisión ciudadana en el modelo para una ciudad bajo contrato propuesta por los partidarios de la incorporación. Un concejo municipal autocrático integrado por 5 miembros y una Comisión de Planificación controlarán a los 16,700 ciudadanos de nuestra comunidad.

El gobierno de cada condado y ciudad, incluyendo cualquier pueblo futuro, se enfrenta a una enorme presión fiscal para sobrevivir. El aumento de las tarifas de los servicios bajo contrato en 2009-2010, incluyendo los de la policía, afecta las estimaciones de los ingresos reales establecidos en el CFA de 2006-2007 de LAFCO. Proponer la incorporación de Alamo durante el mayor desmoronamiento económico desde la Gran Depresión es imprudente e irresponsable.

La agencia del Estado, la Comisión de Formación de las Agencias Locales (LAFCO), no demostró concluyentemente los estrictos requisitos severos con la aprobación de un análisis fiscal de 2006-07. Por el contrario, antes de la aprobación, la mayoría de los Comisionados de LAFCO expresaron su seria preocupación por las asunciones de costos contenidas en el Estudio Fiscal Certificado (Certified Fiscal Analysis, CFA) de 2006-07.

Los 3000 residentes de Alamo que firmaron la petición distribuida por los partidarios del Movimiento por la Incorporación de Alamo (AIM) no firmaron la petición para someter la cuestión de la incorporación a votación. La petición para la incorporación del pueblo de Alamo, presentada con la solicitud a LAFCO, contiene el siguiente texto:

ìSu firma en esta Petición no lo compromete a apoyar la incorporación del Pueblo de Alamo.î

ìLA DECISI"N DE APOYAR O RECHAZAR LA INCORPORACI"N, QUEDA TOTALMENTE EN SUS MANOS.î

Los partidarios del AIM continúan tejiendo su red de decepciones y desinformación en una ferviente búsqueda por convertir nuestra comunidad en una ciudad bajo contrato, en asociación con un gobierno del Condado fiscalmente irresponsable. ¡DE LA INCORPORACI"N NO SE RETORNA, JAM¡S!


Denise M. Padovani,
Consultora Financiera Superior
Vicepresidenta, US Bancorp Inversiones, Seguros


R. Jean Taylor,
Redactor, Alamo Spotlight


Anthony Carnemolla,
Propietario de Dadis
Locksmith & Security


Stephen L. Heafey,
Propietario de Negocio,
Pacific Communications

THE INCORPORATION OF ALAMO WOULD BE TOXIC TO OUR COMMUNITY: incorporation is permanent and irreversible!

  • Comprehensive Fiscal Analysis (CFA) based on 2006-07 economic data: o Reduction in income from State revenue distribution to counties, cities and the proposed town of Alamo will have significant impact on current and future budgets as the recession grows ever deeper. The new town will not have the fiscal resources its supporters are expecting.

  • Increase in Taxes: o When costs surpass revenues, the town will reduce services or increase taxes and fees. The three-million-dollars ($3,000,000) negotiated with the County is debt burden which, if unpaid, will be assessed to your property tax.

  • Public Safety and Law Enforcement - Loss of State Highway Patrol o After the first year of incorporation, town council could cut costs by negotiating cheaper contracts with other law enforcement agencies. No other agency has the infrastructure, depth of resources or history Alamo has with the Sheriff. The consequences of loss of highway patrol, and quality of law enforcement by other agencies is unknown.

  • CA Mandate: "The Fair Share of Regional Housing" o State Law decrees every incorporated community MUST grow. California provides guidance on how to alter local zoning laws and circumvent density requirements to accommodate the law. Higher density will INCREASE traffic at the intersection of Stone Valley Road, Danville Boulevard, and other areas as well as INCREASING the need for higher costs for road maintenance.

  • Local Control +AIM Has Proposed An Autocratic-Gatekeeper Government o AIM wants 16,700 citizens to support a five-neighbor town council and Planning Commission in a community already built out. But, worst of all, in the severest financial melt down since the GREAT DEPRESSION, AIM has proposed a BAD DEAL in their quest to control our community.


Denise M. Padovani
Senior Financial Consultant
Vice President, US Bancorp
Investments, Insurance


R. Jean Taylor
Editor, Alamo Spotlight


Stephen L. Heafey
Business Owner, Pacific Communications


Anthony Carnemolla
Commander VFW #75

ARGUMENTO EN CONTRA DE LA MEDIDA A

LA INCORPORACI"N DE ALAMO SER'A T"XICA PARA NUESTRA COMUNIDAD: ¡La incorporación es permanente e irreversible!

ï Estudio Fiscal Comprensivo (CFA, por sus siglas en inglés) basado en los datos económicos de 2006-07: ï La reducción de los ingresos provenientes de la distribución de la renta del Estado a los condados, ciudades y al propuesto pueblo de Alamo tendrá un impacto significativo en los presupuestos actuales y futuros a medida que la recesión se profundiza cada vez más. El nuevo pueblo no tendrá los recursos fiscales que sus partidarios esperan.

ï Aumentos de Impuestos: ï Cuando los costos superen a los ingresos, el pueblo reducirá los servicios o aumentará los impuestos y las tarifas. Los tres millones de dólares ($3,000,000) negociados con el Condado es una carga de deuda que, si no es pagada, será gravada a su impuesto a la propiedad.

ï Seguridad Pública y Cumplimiento de la Ley - Pérdida de la Patrulla de Caminos del Estado ï Después del primer año de incorporación, el concejo municipal podría recortar los costos negociando contratos más económicos con otras agencias de cumplimiento de la ley. Ninguna otra agencia tiene la infraestructura, profundidad de recursos o historia que Alamo tiene con el Alguacil. Las consecuencias de perder la patrulla de caminos y la calidad de cumplimento de la ley de parte de otras agencias son desconocidas.

ï Mandato de CA: ìLa Parte que nos Corresponde de Vivienda Regionalî ï La Ley del Estado decreta que toda comunidad incorporada DEBE crecer. California brinda asesoramiento sobre cómo modificar las leyes de zonificación local y cómo sortear los requisitos de densidad para ajustarse a la ley. Una mayor densidad AUMENTAR¡ el tránsito en la intersección de Stone Valley Road, Danville Boulevard y otras áreas así como también AUMENTAR¡ la necesidad de mantenimiento de las carreteras con costos más altos.

ï Control Local ñ El AIM Ha Propuesto un Gobierno Guardián Autocrático ï El AIM desea que 16,700 ciudadanos apoyen un concejo municipal formado por cinco vecinos y una Comisión de Planificación en una comunidad ya desarrollada. Pero, lo peor de todo, en el desmoronamiento financiero más severo desde la GRAN DEPRESI"N, el AIM ha propuesto un MAL NEGOCIO en su búsqueda por controlar a nuestra comunidad.


Denise M. Padovani,
Consultora Financiera Superior
Vicepresidenta, US Bancorp
Inversiones, Seguros


R. Jean Taylor,
Redactor, Alamo Spotlight


Stephen L. Heafey,
Propietario de Negocio,
Pacific Communications


Anthony Caremolla,
Comandante de VFW Nº 75

Rebuttal to Arguments Against
INCORPORATION IS THE BEST WAY FORWARD FOR ALAMO, the only way Alamo can preserve its unique character.

EVERY STATEMENT IN THE OPPONENTS' BALLOT ARGUMENT IS UNTRUE. Specifically:

LAFCO's Comprehensive Fiscal Analysis is very conservative and uses the most recent audited data.

It understates sales tax revenues (Yardbirds closed for remodeling). It assumes all contingencies are spent every year. Grant income isn't included. Alamo will have fewer mandated obligations, lower costs and more revenue than the County can provide in a bad economy. Alamo's finances are healthier than similar California cities and much healthier than the County's: due to Proposition 13 undervaluation and low turnover, Alamo's property tax base is stable.

No increase in taxes.

Alamo cannot increase taxes without a citizens' vote. The County is slashing services + Alamo will survive a bad economy better. The $3 million County payment if missed cannot increase Alamo property taxes. In these ten years, incorporated Alamo gets three times this amount now spent elsewhere by the County.

Public safety.

The Sheriff faces severe budget cuts. Contracting with other agencies can be effective and economic.

No mandated growth.

No State law requires incorporated communities to grow differently than unincorporated communities. Local control.

The five member Council proposed by LAFCO and elected by Alamo voters is identical to surrounding cities. Decision-making will be in Alamo, not in Martinez

Fear and disinformation are not compelling arguments. Visit http://www.alamoinc.org and get the facts. Vote Yes on Measure A for Alamo incorporation: it's best for Alamo.


Chris Kenber,
Former School Board Member /
Director, Alamo Incorporation Movement


Jeanne Tate,
P-5 Police Advisory Committee,
Women's Club, Round Hill
Property Owners Assoc.


Michael Gibson,
San Ramon Valley Regional
Planning Commissioner /
AIA Board Member


William W. Bassett,
Professor of Law Emeritus,
University of San Francisco


David Dolter,
Former City Manager

REFUTACI"N AL ARGUMENTO DE LA MEDIDA A

LA INCORPORACI"N ES LA MEJOR MANERA PARA QUE ALAMO AVANCE, la única manera en la que Alamo puede preservar su singular carácter.

TODAS LAS DECLARACIONES EN EL ARGUMENTO DE LA BALOTA DEL OPONENTE SON FALSAS. Específicamente:

El Estudio Fiscal Comprensivo de LAFCO es muy conservador y utiliza los datos auditados más recientes.

Subestima los ingresos provenientes del impuesto a las ventas (El cierre de Yardbirds por remodelación). Asume que todas las contingencias sean gastadas todos los años. El ingreso de los subsidios no está incluido. Alamo tendrá menos obligaciones por mandato, costos más bajos y más ingresos que lo que el Condado puede brindar en una mala economía. Las finanzas de Alamo son más saludables que las de las ciudades similares de California y mucho más saludables que las del Condado: debido a la sub-valoración y los bajos ingresos de la Propuesta 13, la base del impuesto a la propiedad de Alamo es estable.

Sin aumento en los impuestos.

Alamo no puede aumentar los impuestos sin el voto de los ciudadanos. El Condado está recortando drásticamente los servicios ñ Alamo sobrevivirá mejor a una mala economía. Si se pierde el pago de $3 millones del Condado esto no puede aumentar los impuestos a la propiedad de Alamo. En estos diez años, el Alamo incorporado obtiene tres veces esta cantidad que ahora el Condado gasta en otra parte.

Seguridad pública.

El Alguacil se enfrenta a severos recortes presupuestarios. Contratar otras agencias puede ser eficaz y económico.

Sin crecimiento obligatorio.

Ninguna ley del Estado exige que las comunidades incorporadas crezcan de manera diferente a las comunidades no incorporadas.

Control local.

El Concejo integrado por cinco miembros propuesto por LAFCO y elegido por los votantes de Alamo es idéntico a las ciudades aledañas. La toma de decisiones se realizará en Alamo, no en Martinez.

El temor y la desinformación no son argumentos convincentes. Visite http://www.alamoinc.org y conozca los hechos. Vote Sí en la Medida A para la incorporación de Alamo: es mejor para Alamo.


Chris Kenber,
Ex Miembro de la Junta Escolar /
Director, Movimiento por la
Incorporación de Alamo


Jeanne Tate,
Comité Asesor de la Policía P-5,
Club de Mujeres, Asociación de
Propietarios de Round Hill


William W. Bassett,
Profesor Emérito en Leyes,
Universidad de San Francisco


Michael Gibson,
Comisionado de Planificación Regional
de San Ramon Valley, Miembro de la
Junta de la AIA


David Dolter,
Ex Administrador de la Ciudad

Full Text of Measure A
RESOLUTION NO. LAFCO 07-27

RESOLUTION OF THE CONTRA COSTA LOCAL AGENCY FORMATION COMMISSION MAKING DETERMINATIONS AND APPROVING THE PROPOSED INCORPORATION OF THE TOWN OF ALAMO AND ESTABLISHING THE SPHERE OF INFLUENCE OF THE TOWN OF ALAMO

WHEREAS, on August 27, 2007, a Notice of Intent to Circulate a Petition was filed with Contra Costa Local Agency Formation Commission (LAFCO) pursuant to Government Code fl56700.4 proposing to incorporate the Town of Alamo; and

WHEREAS, on November 5, 2007, a registered voter petition and application to incorporate the Town of Alamo (LAFCO 07-27) were filed with LAFCO pursuant to the Cortese-Knox-Hertzberg Local Government Reorganization Act of 2000 (Government Code fl56425), requesting the incorporation of the Town of Alamo; and

WHEREAS, on November 5, 2007, the Executive Officer submitted the petition to the County Registrar of Voters for verification that sufficient registered voters within the area proposed for incorporation signed the petition; and

WHEREAS, on November 14, 2007, the petition signatures were found to be sufficient and a Certificate of Sufficiency was issued; and

WHEREAS, the Executive Officer caused to be prepared a Comprehensive Fiscal Analysis for the proposed incorporation; and

WHEREAS, on September 18, 2008, LAFCO, as Lead Agency, approved the Initial Study and adopted the Negative Declaration for the proposed incorporation of the Town of Alamo pursuant to the California Environmental Quality Act (CEQA). The proposed incorporation is not expected to induce, facilitate or lead to the conversion of existing open space lands to uses other than open space, as the area is primarily developed and does not anticipate significant new development or any material alteration to the general plan and zoning ordinances currently in effect. In accordance with the Initial Study and Negative Declaration, this proposal will have no significant impact on the environment; and

WHEREAS, pursuant to Government Code fl56886, existing agencies cannot provide needed services in a more efficient and accountable manner. Incorporation will allow for increased local accountability. Contracting services such as police will still allow the city to take advantage of economies of scale associated with a large organization, while allowing public service levels and priorities to be established locally; and

WHEREAS, at the time and in the manner required by law the Executive Officer gave notice of the Commission's consideration of these matters; and

WHEREAS, the Executive Officer has reviewed all available information and prepared reports, including recommendations, and presented findings, reports and related information to the Commission, which were then considered by the Commission; and

WHEREAS, at a public hearing on September 18, 2008, the Commission heard, discussed and considered all oral and written testimony related to the proposed incorporation, adoption of a sphere of influence and matters relating to the proposed incorporation of the Town of Alamo; and

WHEREAS, this resolution includes as Exhibit A, attached hereto and made a part hereof, the Revenue Neutrality Agreement by and between the County of Contra Costa and the petitioners for incorporation of the Town of Alamo as adopted by the Board of Supervisors on July 22, 2008 (Resolution No. 2008/529); and

WHEREAS, pursuant to Government Code fl56375, the Commission determines the approval of the proposed incorporation, as presented to the Commission at its September 18, 2008 hearing, is in the best interest of the residents and the affected area.

NOW, THEREFORE, the Contra Costa LAFCO DOES HEREBY RESOLVE, DETERMINE AND ORDER as follows:

1. Incorporation of the Town of Alamo

The incorporation of the Town of Alamo as a general law city is hereby approved subject to the terms and conditions of this resolution and by subsequent approval by the voters of Alamo. A simple majority of votes cast shall determine the outcome of the election. LAFCO shall request the Board of Supervisors to call an election for March 3, 2009 on the proposed incorporation.

The question of incorporation, including all terms and conditions, shall be one question on the ballot.

2. Purpose of Incorporation

The incorporation proposal was submitted to LAFCO by a petition signed by over 25% of the registered voters residing within the proposed incorporation area. The petition sets forth the following reasons for incorporation:

  • Provide residents increased representation and local control in land use planning and building, municipal services, and infrastructure;
  • Create an efficient and politically accountable government;
  • Provide more effective and efficient use of local tax revenues that is better aligned with the priorities of Alamo residents;
  • Enhance the quality of life and maintain the town's unique, rural character;
  • Preserve the town's historical and cultural heritage;
  • Increase opportunities for Alamo residents to participate in local and government activities; and
  • Establish the town as a legally recognized and equal voice in county and regional matters.

3. Findings for Incorporation

The Commission finds, based on the entire record, that:


A. The proposed incorporation is consistent with the intent of the Cortese-Knox-Hertzberg Local Government Reorganization Act of 2000 (CKH Act), including, but not limited to Government Code flfl56001, 56300, 56301 and 56377 and the adopted policies and procedures of the Contra Costa LAFCO; and
B. The Commission has reviewed the spheres of influence (SOIs) of affected local agencies, has amended the SOIs of the Town of Danville and the City of Walnut Creek, and finds the incorporation consistent with those spheres.
C. The Commission has reviewed the Comprehensive Fiscal Analysis prepared pursuant to Government Code fl56800.
D. The proposed city is expected to receive revenues sufficient to provide public services and facilities and a reasonable reserve during the first three fiscal years following incorporation; and
E. The Commission has reviewed the Executive Officer's report and recommendations prepared pursuant to fl56665, and the testimony presented at its public hearing.

4. Incorporation Boundaries


A. The Commission approves the proposed Alamo incorporation with the boundaries legally described in Exhibit B and depicted in Exhibit C hereto, subject to the terms and conditions herein. The proposed boundaries are definite and certain and conform to lines of assessment and ownership.
B. The boundaries of the Town of Alamo include territory that is both within and outside the voter approved County Urban Limit Line. Following incorporation, in order to assure eligibility for local transportation funding, the new Town Council will be required to adopt the County ULL or its own ULL along with the other provisions of the Measure J Growth Management Plan.

5. Organization of the City Government


A. Name of the City: The new city shall be the Town of Alamo.
B. Election of the City Council: The city shall be governed by a five-member city council elected at large. Subject to the limitations of Government Code fl56724, the election of the first City Council shall be on March 3, 2009, in conjunction with the question to confirm incorporation.
C. Election Costs: Pursuant to Government Code fl57150(b), election costs will be borne by the new city, if the incorporation is confirmed by the voters, OR by the County of Contra Costa if the proceedings are terminated. Election costs shall be paid within 30 days of written request from the Contra Costa County Registrar of Voters, unless alternative payment arrangement is agreed to by the parties.
D. Terms of Office: The terms of office of the City Council shall be four years. Of the first elected legislative body, the terms of the two members of the city council with the largest popular votes shall be four years. Of the first elected legislative body, the terms of the three members of the city council with the least popular votes shall be two years (Government Code fl57377).
E. Selection of Mayor: Pursuant to Government Code fl36801, at the first City Council meeting, the city council shall chose one of its number as mayor, and one of its number as mayor pro tempore.
F. Appointment of City Staff: Upon and after the effective date of incorporation, the City Manager, City Clerk, City Attorney and City Treasurer shall be appointed by the City Council pursuant to Government Code flfl36511 and 34856.

6. Effective Date of Incorporation

The effective date of the incorporation is June 30, 2009, subject to the vote and approval of the voters of Alamo on March 3, 2009.

7. Extension of Services


A. Service Provision: The County will continue to provide all county services furnished to the area prior to incorporation until the end of the "Transition Period", as defined in the Revenue Neutrality Agreement, or until the new city requests discontinuation of the services, whichever occurs first. During the Transition Period, services shall be provided at the current level of service pursuant to Government Code fl57384. Following incorporation, the Town of Alamo, in addition to providing those services required by law, shall insure the provision of the following services: Animal Control, Building and Building Inspection, Code Enforcement, Police/Law Enforcement, Planning, Public Works, Traffic, Safety and Street Lighting Maintenance, and Parks and Recreation. The new city shall, at a minimum, maintain services at existing levels. The County of Contra Costa will continue to provide Library services.
B. First Year Costs: In FY 2010-11, the County will pay from the General Fund the net credit for costs of general fund services provides to the new city during the Transition Period (approximately $274,000). In the unlikely event that the actual net of revenues received by the County minus service costs paid by the County reflects a net cost, the new city will pay the County the net cost within five years of June 30, 2009. The County waives reimbursement by the new city for the net cost of providing road and traffic signal maintenance to the new city during the Transition Period; the net cost of providing such services will be paid by the County Road Fund (approximately $283,000). In FY 2010-11, the County, using Park Funds, will pay the net credit for cost of park services to the new city (approximately $398,000) during the Transition Period.

8. Base Year Property Tax

The base year General property tax transferred to the new city pursuant to Government Code fl56375 shall be $1,292,813. This amount is independent of the transfer of any other funds.

In addition to the property tax transferred to the new city pursuant to Government Code flfl56810 (c) and 56812, the new city will receive 100% of the various County Service Area (CSA) property tax allocations allocated to the Alamo area due to the transfer of these districts to the new city as follows:

  • CSA P-2/Zone B - $135,194
  • CSA P-5 - $194,288
  • CSA P-6 - $566,408
  • CSA L-100 - $38,384
  • CSA R-7A - $807,699

9. Mitigation Obligation

To make revenue neutrality findings under Government Code fl56845(c), the terms and conditions as set forth in the revenue neutrality resolution (Exhibit A) adopted by the County, set forth below, are hereby imposed as a condition of approval of the incorporation:


A. Total General Fund Obligation: The Town shall pay the County a total of $3 million in revenue neutrality payments. This total revenue neutrality obligation is based on an annual County deficit amount of $656,977, as calculated in the CFA.

i. Source of Payment: The Town will make a lump sum payment of $3 million to the County. It is anticipated that these funds will come from Town General Fund accumulated reserves.
ii. Payment Schedule: The Town shall pay the County the entire amount of the lump sum payment no later than June 30, 2019.
iii. Pre-payment: The Town may pre-pay any amount due under this Agreement on terms mutually agreed upon by the Town and County.

B. Total Road Funds Obligation: The Town agrees to waive Revenue Neutrality payments from the County's Road Fund of $310,570, as calculated in the CFA.

10. Treasurer-Tax Collector and Administrative Services

The Tax Collector will continue to collect all taxes currently collected by the County but transferred to the city, for the remainder of the initial year; future services (not currently provided to all cities) will need to be negotiated with the new city.

11. Streets and Roads

Pursuant to Government Code fl57385, upon the effective date of the incorporation, all roads and highways or portions of road(s) and highway(s), in the incorporation area which have been accepted into the County road system pursuant to fl941 of the Street & Highway Code, shall become city streets, and all right, title, interest and responsibility for said roads and highways and all adjacent slopes, medians, sidewalks, trails, bikeways, landscaped areas, street lights, signals, and bridges owned and operated by the County of Contra Costa that are located within the public rights of way within the incorporation area, shall vest with the new city.

12. Flood Control and Storm Drains

Upon the effective date of the incorporation, the Town of Alamo shall assume the obligations and responsibilities of Contra Costa County under the Drainage Fee Collection, Right-of-Way and Maintenance agreements for Drainage Areas 9, 13 and 76 executed with the Contra Costa County Flood Control and Water Conservation District on October 17, 2006.

The Town of Alamo shall accept from Contra Costa County the transfer of land-rights, accepted by Contra Costa County for drainage purposes, on the following parcels, identified by Assessor Parcel Number:

Miranda Creek
192-110-020, -021, -023
192-280-003, -018
192-290-016, -024
192-300-005, -024, -025
192-310-001, -005, -007, -009, -012, -015, -017, -024
192-340-002, -003, -004, -005, -006, -007, -008, -009, -010
192-350-002
192-360-009

Rutherford Creek 197-090-003

San Ramon Creek 197-330-007 197-420-036

Bunce Meadows Ditch 192-300-024, -025 192-340-001

Bolla Acres Ditch 193-080-072, -073 193-090-003, -004, -016, -019, -020, -021, -022, -023, -024, -025 193-100-008, -009, -015, -016, -017, -018, -021 193-111-001, -002, -007, -008 193-384-003, -004, -005 193-410-001, -002, -003, -004

Erselia Trails Ditch 192-170-047, -057

The Town of Alamo shall accept from Contra Costa County the transfer of all other land-rights, not listed above, accepted by Contra Costa County for drainage and creek set back purposes.

13. Transfer of Other Real Property

The transfer of other real property, if necessary, will occur pursuant to a future agreement between the Town of Alamo and Contra Costa County.

14. "AS IS" Transfer

Real or personal property of the County of Contra Costa transferred to the new city pursuant to this resolution shall be accepted by the new city "as is."

15. HOME, McKinney and Community Development Block Grant (CDBG)

The City will participate in the HOME, McKinney and CDBG consortia at least through completion of the programs' current contracts.

16. County Service Areas (CSAs) and Benefit Assessment Districts/Zones

Pursuant to Government Code fl25210.01, CSA law provides for automatic detachments, either partially or wholly, from CSAs when lands are incorporated, unless otherwise specified by LAFCO. Pursuant to Government Code fl56375(n) LAFCO can override this provision of law if it concludes that detaching the territory from the CSA would deprive the area of a service needed to ensure the health, safety and welfare of the residents, and it finds that the waiver would not affect the ability of the new city to provide service.

There are currently seven CSAs and four benefit assessment districts/zones that serve the proposed Alamo incorporation boundaries. Funding sources include a combination of property and/or parcel taxes and benefit assessments. With regard to these districts and zones, and pursuant to the Revenue Neutrality Agreement, the following will occur:


A. CSA EM-1 remains intact.
B. Detachment from CSAs L-100, P-2 and P-6 is waived until the end of the Transition Period, at which time all encumbered funds, assets and liabilities of those portions of these CSAs that are within Boundary Alternative 1 shall be transferred to the new city. Following incorporation, the new city will assume responsibility for providing services. During the Transition Period the new city will determine the appropriate mechanism (e.g., benefit assessment district) if any, to continue the CSA funding. It is assumed that the current assessments would continue to fund services in the same areas within Alamo that are covered by the CSAs. Upon the expiration of the Transition Period, the new city will be detached from the CSAs.
C. Dissolution of CSAs M-30, P-5 and R-7A is waived until the end of the Transition Period, at which time all encumbered funds, assets and liabilities of these districts, along with responsibility for services shall be transferred to the new city. During the Transition Period the new city will determine the appropriate mechanism (e.g., benefit assessment district) if any, to continue the CSA funding. It is assumed that the current assessments would continue to fund these services in the same areas within Alamo that are covered by the CSAs. Upon the expiration of the Transition Period, these CSAs will be dissolved.
D. LL-2 Benefit Zones 36, 45 and 54: The Countywide Landscaping District LL-2 Benefit Zones 36, 45 and 54 will detach from the County on the last day of the Transition Period. Services provided by the County within these zones will continue at the same level during FY 2008-09 and during the Transition Period. On the last day of the Transition Period, all unencumbered funds of these zones, including cash on hand and monies due but uncollected, and any obligations of these zones will be transferred to the new city. Further, upon the expiration of the Transition Period, the authority to collect assessments or fees for these services shall pass to the new city.

17. Equalizing Payment

Should the calculation of property taxes prepared pursuant to Government Code fl56810 be modified as a result of a court action brought pursuant to Government Code fl56810(h), or as a result of legislative action with retroactive application, to provide that a larger share be retained by the County and a smaller share transferred to the city than that specified by LAFCO pursuant to Government Code fl56810, in approving the incorporation, the County shall transfer the amount of annual property tax resulting from such difference to the city for the purpose of maintaining revenue neutrality pursuant to Government Code fl56815, and the LAFCO terms and conditions ("equalizing payment").

Should the calculation prepared pursuant to Government Code fl56810, be modified as a result of a court action brought pursuant to Government Code fl56810(h), or as a result of legislative action with retroactive application, to provide that a smaller share be retained by the County and a larger share transferred to the city than that specified by LAFCO pursuant to Government Code fl56810, in approving the incorporation, the city shall make an equalizing payment to the County.

18. Revenue Neutrality Findings

Pursuant to Government Code fl56845, the Commission finds that:


A. Revenues currently received by the County of Contra Costa for the incorporation area and the expenditures for service responsibilities to be transferred to the new city are not equal.
B. In approving the proposed incorporation, the Commission finds pursuant to Government Code fl56815 as follows:

i. That the County of Contra Costa has agreed to the incorporation of the Town of Alamo on the terms and conditions set forth in the Revenue Neutrality Agreement (Resolution No 2008/529); and
ii. That the approval of the Revenue Neutrality Agreement by the County and other terms and conditions set forth herein adequately mitigate the negative fiscal effect of the incorporation on the County; and
iii. That but for the conditions contained herein incorporating all of the provisions of the Revenue Neutrality Agreement, the Commission would be unable to make the required findings under fl56815 and approve the incorporation; and
iv. That the terms and conditions contained herein are integral to the approval of the incorporation under Government Code flfl56880, 56881, 56375, and 56720; and
v. That the terms and conditions relating to revenue neutrality imposed by this resolution are independent legislative enactments of the Commission.

19. Provisional Appropriations Limit The provisional appropriations limit, as required by Article XIIIB of the California Constitution, and pursuant to Government Code fl56812, shall be $8,643,695 (Boundary Alternative 1). A permanent appropriations limit will be set by the voters of the new city at the first municipal election, which will be held following the first full year of operation by the new city (Government Code fl56812).

20. Continuation of General Taxes

The Town of Alamo shall be authorized and shall continue to levy as general taxes of the city those general taxes presently levied by Contra Costa County. The types, rates and method of collection of general taxes to be so continued are as follows:


A. A sales and use tax of the retail sale or use of tangible personal property within the Town of Alamo to be collected under contract with the State Board of Equalization and returned to the Town of Alamo pursuant to local ordinance.
B. A real property transfer tax at the rate imposed by Contra Costa County upon the sales of real property within the Town of Alamo to be collected by Contra Costa County and returned to the Town of Alamo pursuant to local ordinance.
C. All other general taxes presently imposed by Contra Costa County at the same rate and in the same manner as they are imposed and collected by Contra Costa County.
D. All taxes generally authorized for incorporated cities, including, but not limited to:

 Property taxes
 Sales taxes
 Real property transfer taxes
 Franchise fees

21. Continuation of Fees and Charges
Pursuant to Government Code 56886(t), the Town of Alamo shall be authorized to levy any other fees, assessments and charges at the same rate and manner they are imposed and collected by Contra Costa County, for such fees, assessments and charges that fund services that will be provided by the new city.

22. Sphere of Influence for the Town of Alamo

The Commission shall adopt a sphere of influence for the Town of Alamo that is coterminous with the City boundary, pursuant to Government Code fl56426.5.

23. Assessed Value Within the Proposed City

The assessed value for property tax calculation purposes within the area of the proposed incorporation is approximately $4,602,760,661.

24. Registered Voters Within the Proposed City

The area proposed for incorporation is legally inhabited with a population of approximately 16,683 as derived from the 2000 Census. Pursuant to Government Code fl56375(f), the number of registered voters within the proposed incorporation area is 10,243 as of August 28, 2008.

25. Development Agreements

Any and all development agreements entered into between Contra Costa County and any development project applicant, and any condition of approval (including mitigation measures adopted pursuant to CEQA) imposed by the County Board of Supervisors on any and all discretionary projects adopted and approved prior to the effective date of incorporation shall remain valid and enforceable between the applicant and the new Town of Alamo, subject to Government Code fl65865.3.

26. National Pollution Discharge Elimination System Permit (NPDES)

The Town of Alamo shall become a co-permittee under the terms associated with the existing countywide National Pollution Discharge Elimination System Permit.

27. Regional and State Associations

The new city is encouraged to participate in various regional and State associations and organizations, including, but not limited to the Association of Bay Area Governments (ABAG), Contra Costa County Transportation Authority, and the League of California Cities.

28. Indemnification Agreement

Within ten (10) calendar days of LAFCO's approval, the applicant shall deliver an executed indemnification agreement providing for the applicant to indemnify LAFCO against any expenses arising from any legal actions challenging the incorporation.

29. Subsequent Proceedings

All subsequent proceedings in connection with this reorganization shall be conducted only in compliance with the approved boundaries set forth in the attachments and any terms and conditions specified in this resolution.

30. Acceptance of Findings and Recommendations

Pursuant to Government Code fl56803 the Commission hereby accepts the findings and recommendations made in the Executive Officer's Report prepared pursuant to Government Code fl56665 and the Comprehensive Fiscal Analysis prepared pursuant to fl56800, together with any desired changes.

31. Severability

Should any term or condition of this resolution be found unlawful, unenforceable, invalid or void by a final judgment of a court of competent jurisdiction, all other terms and conditions of this resolution shall remain in full force and effect and the Town of Alamo incorporation shall remain in effect and shall not be void or invalidated by reason of said term or condition being unlawful, unenforceable, invalid or void.

32. Distribution of this Resolution

The Executive Officer is hereby authorized and directed to mail certified copies of this resolution as provided in fl56882 of the Government Code.

33. Record of Proceeding

The Comprehensive Fiscal Analysis, Initial Study/Negative Declaration and other documents and materials that constitute the record of proceedings upon which the Commission's decision is based are located in the office of Contra Costa LAFCO, 651 Pine Street, Sixth Floor, Martinez, CA 94553. The custodian of these documents is the LAFCO Executive Officer.

  • * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

PASSED AND ADOPTED THIS 18TH day of September 2008, by the following vote:

AYES: McNair, D. Piepho, Schmidt, Uilkema

NOES: Allen

ABSTENTIONS:

ABSENT: Glover (M), Meadows (M), Bristow (A),

M. Piepho (A), Schroder (M), Tatzin (A)

GAYLE B. UILKEMA, VICE CHAIR, CONTRA COSTA LAFCO

I hereby certify that this is a correct copy of a resolution passed and adopted by this Commission on the date stated above.

Dated: September 18, 2008

Lou Ann Texeira, Executive Officer

TEXTO COMPLETO DE LA MEDIDA A

RESOLUCION DE LAFCO Nº 07-27

RESOLUCI"N DE LA COMISI"N DE FORMACI"N DE LAS AGENCIAS LOCALES DE CONTRA COSTA QUE RESUELVE Y APRUEBA LA INCORPORACI"N DEL PUEBLO DE ALAMO PROPUESTA Y ESTABLECE LA ESFERA DE INFLUENCIA DEL PUEBLO DE ALAMO

POR CUANTO, el 27 de agosto de 2007, se presentó ante la Comisión de Formación de las Agencias Locales (LAFCO) de Contra Costa un Aviso de Intención de Circular una Petición de conformidad con la fl56700.4 del Código de Gobierno proponiendo incorporar al Pueblo de Alamo; y

POR CUANTO, el 5 de noviembre de 2007, se presentaron ante LAFCO una petición de los votantes inscritos y una solicitud de incorporar al Pueblo de Alamo (LAFCO 07-27) de conformidad con la Ley de Reorganización del Gobierno Local Cortese-Knox-Hertzberg de 2000 (fl56425 del Código de Gobierno), solicitando la incorporación del Pueblo de Alamo; y

POR CUANTO, el 5 de noviembre de 2007, la Funcionaria Ejecutiva presentó la petición al Registrador de Votantes para verificar que la cantidad suficiente de votantes inscritos dentro del área propuesta para la incorporación firmaron la petición; y

POR CUANTO, el 14 de noviembre de 2007, se determinó que las firmas de la petición eran suficientes y se emitió un Certificado de Suficiencia; y

POR CUANTO, la Funcionaria Ejecutiva mandó a preparar un Estudio Fiscal Comprensivo para la incorporación propuesta; y

POR CUANTO, el 18 de septiembre de 2008, LAFCO, como Agencia Líder, aprobó el Estudio Inicial y adoptó la Declaración Negativa para la incorporación propuesta del Pueblo de Alamo según la Ley de Calidad Ambiental de California (CEQA). No se espera que la incorporación propuesta induzca, facilite o genere la conversión de los terrenos de espacios abiertos existentes en usos que no sean espacio abierto, ya que el área está sustancialmente urbanizada y no prevé nueva urbanización significativa o ningún cambio material al plan general y las ordenanzas de zonificación actualmente vigentes. De conformidad con el Estudio Inicial y la Declaración Negativa, esta propuesta no tendrá impacto significativo en el medio ambiente; y

POR CUANTO, según la fl56886 del Código de Gobierno, las agencias existentes no pueden ofrecer los servicios necesarios de una manera más eficiente y responsable. La incorporación permitirá una mayor responsabilidad local. Los servicios bajo contrato como la policía seguirán permitiendo a la ciudad aprovechar las economías de escala asociadas con una organización grande, permitiendo a la vez que los niveles de servicios públicos y las prioridades se establezcan a nivel local; y

POR CUANTO, en el momento y de la manera requerida por ley, la Funcionaria Ejecutiva notificó la consideración de la Comisión de estos asuntos; y

POR CUANTO, la Funcionaria Ejecutiva ha revisado toda la información disponible y preparó los informes, incluyendo las recomendaciones, y presentó las conclusiones, los informes y la información relacionada ante la Comisión, que fueron considerados luego por la Comisión; y

POR CUANTO, en una audiencia pública el 18 de septiembre de 2008, la Comisión escuchó, discutió y consideró todos los testimonios orales y escritos relacionados con la incorporación propuesta, la adopción de una esfera de influencia y los asuntos relacionados con la incorporación propuesta del Pueblo de Alamo; y

POR CUANTO, esta resolución incluye como Anexo A, adjunto al presente y que forma parte del mismo, el Acuerdo de Neutralidad de Ingresos por y entre el Condado de Contra Costa y los solicitantes para la incorporación del Pueblo de Alamo según lo adoptado por la Junta Supervisora el 22 de julio de 2008 (Resolución Nº 2008/529); y

POR CUANTO, de conformidad con la fl56375 del Código de Gobierno, la Comisión determina que la aprobación de la incorporación propuesta, según lo presentado a la Comisión a su audiencia del 18 de septiembre de 2008, es en el mejor de los intereses de los residentes y el área afectada.

POR LO TANTO, AHORA, la LAFCO de Contra Costa POR EL PRESENTE RESUELVE, DETERMINA Y ORDENA lo siguiente:

1. Incorporación del Pueblo de Alamo

La incorporación del Pueblo de Alamo como ciudad bajo el régimen de la ley general por el presente es aprobada con sujeción a los términos y condiciones de esta resolución y por la subsiguiente aprobación de los votantes de Alamo. Una mayoría simple de votos emitidos determinará el resultado de la elección. LAFCO deberá pedir a la Junta Supervisora que convoque a una elección el 3 de marzo de 2009 sobre la incorporación propuesta.

La cuestión de la incorporación, incluyendo todos los términos y condiciones, será una cuestión en la balota.

2. Propósito de la Incorporación

La propuesta de incorporación se presentó a LAFCO mediante una petición firmada por más del 25% de los votantes inscritos que residen dentro del área de incorporación propuesta. La petición establece las siguientes razones para la incorporación:

ï Brindar a los residentes una mayor representación y control local en la planificación del uso de terrenos y la construcción, servicios municipales e infraestructura; ï Crear un gobierno eficiente con responsabilidad política; ï Brindar un uso más eficiente y eficaz de los ingresos provenientes de los impuestos locales que se alinee mejor con las prioridades de los residentes de Alamo; ï Aumentar la calidad de vida y mantener el carácter rural singular del pueblo; ï Preservar el patrimonio histórico y cultural del pueblo; ï Aumentar las oportunidades de los residentes de Alamo de participar en las actividades locales y del gobierno; y ï Establecer al pueblo como una voz de igualdad reconocida legalmente en los asuntos del condado y regionales.

3. Conclusiones para la Incorporación

La Comisión concluye, basada en el registro completo, que:

A. La incorporación propuesta es consistente con la intención de la Ley de Reorganización del Gobierno Local Cortese-Knox-Hertzberg de 2000 (la Ley CKH), incluyendo, sin limitaciones las flfl56001, 56300, 56301 y 56377 del Código de Gobierno y las políticas y los procedimientos adoptados de LAFCO de Contra Costa; y B. La Comisión ha revisado las esferas de influencia (SOI) de las agencias locales afectadas, ha enmendado las SOI del Pueblo de Danville y de la Ciudad de Walnut Creek, y determina que la incorporación es consistente con esas esferas. C. La Comisión ha revisado el Estudio Fiscal Comprensivo preparado de conformidad con la fl56800 del Código de Gobierno. D. Se espera que la ciudad propuesta reciba ingresos suficientes para suministrar las instalaciones y los servicios públicos y una reserva razonable durante los primeros tres años fiscales siguientes a la incorporación; y E. La Comisión ha revisado el informe y las recomendaciones de la funcionaria Ejecutiva preparados según la fl56665, y el testimonio presentado en su audiencia pública.

4. Límites de la Incorporación

A. La Comisión aprueba la incorporación propuesta de Alamo con los límites descritos legalmente en el Anexo B y representados en el Anexo C del presente, con sujeción a los términos y condiciones del presente. Los límites propuestos son definitivos y ciertos y cumplen con las líneas de valuación y propiedad.

B. Los límites del Pueblo de Alamo incluyen el territorio que se encuentra tanto dentro como fuera de la Línea de Límite Urbano (ULL) del Condado aprobada por los votantes. Después de la incorporación, para asegurar la elegibilidad para el financiamiento del transporte local, el nuevo Concejo Municipal deberá adoptar la ULL del Condado o su propia ULL junto con otras disposiciones del Plan de Administración del Crecimiento de la Medida J.

1. Organización del Gobierno de la Ciudad

A. Nombre de la Ciudad: La nueva ciudad será el Pueblo de Alamo. B. Elección del Concejo Municipal: La ciudad estará gobernada por un concejo municipal integrado por cinco miembros elegidos en general. Sujeto a las limitaciones de la §56724 del Código de Gobierno, la elección del primer Concejo Municipal será el 3 de marzo de 2009, conjuntamente con la cuestión de confirmar la incorporación. C. Costos de la Elección: De conformidad con la §57150(b) del Código de Gobierno, los costos de la elección serán afrontados por la nueva ciudad, si la incorporación es confirmada por los votantes, o por el Condado de Contra Costa si el procedimiento es cancelado. Los costos de la elección se pagarán dentro de los 30 días del pedido escrito del Registrador de Votantes del Condado de Contra Costa, a menos que se acuerde un arreglo de pago alternativo entre las partes. D. Períodos de Mandato: Los períodos de mandato del Concejo Municipal serán de cuatro años. Del primer órgano legislativo electo, los mandatos de los dos miembros del concejo municipal con la mayor cantidad de votos populares serán de cuatro años. Del primer órgano legislativo electo, los mandatos de los tres miembros del concejo municipal con la menor cantidad de votos populares serán de dos años (§57377 del Código de Gobierno). E. Elección del Alcalde: De conformidad con la §36801 del Código de Gobierno, en la primera reunión del Concejo Municipal, el concejo municipal elegirá a uno de sus miembros como alcalde, y uno de sus miembros como alcalde temporal. F. Designación del Personal Municipal: En la fecha de entrada en vigencia de la incorporación y con posterioridad a la misma, el Administrador de la Ciudad, el Secretario Municipal, el Abogado de la Ciudad y el Tesorero de la Ciudad serán designados por el Concejo Municipal de conformidad con las §§36511 y 34856 del Código de Gobierno.

2. Fecha Entrada en Vigencia de la Incorporación:

La fecha de entrada en vigencia de la incorporación es el 30 de junio de 2009, sujeta al voto y la aprobación de los votantes de Alamo el 3 de marzo de 2009.

3. Extensión de los Servicios

A. Prestación de Servicios: El Condado seguirá prestando todos los servicios del condado provistos al área antes de la incorporación hasta el final del "Período de Transición", según lo definido en el Acuerdo de Neutralidad de Ingresos, o hasta que la nueva ciudad solicite la discontinuidad de los servicios, de ambos lo que ocurra primero. Durante el Período de Transición, los servicios se prestarán al nivel actual de servicio de conformidad con la §57384 del Código de Gobierno. Después de la incorporación, el Pueblo de Alamo, además de suministrar aquellos servicios requeridos por ley, deberá asegurar la prestación de los siguientes servicios: Control de Animales, Construcción e Inspección de Edificios, Cumplimiento de los Códigos, Policía/Aplicación de la Ley, Planificación, Obras Públicas, Tránsito, Seguridad y Mantenimiento de la Iluminación en las Calles y Parques y Recreación. La nueva ciudad deberá, como mínimo, mantener servicios a los niveles existentes. El Condado de Contra Costa continuará prestando servicios de Biblioteca. B. Costos del Primer Año: En el año fiscal 2010-11, el Condado pagará del Fondo General el crédito neto por los costos de los servicios del fondo general provistos a la nueva ciudad durante el Período de Transición (aproximadamente $274,000). En el improbable caso que el neto real de los ingresos recibidos por el Condado menos los costos de los servicios pagados por el Condado refleje un costo neto, la nueva ciudad pagará al Condado el costo neto dentro de los cinco años a partir del 30 de junio de 2009. El Condado renuncia al reembolso de la nueva ciudad por el costo neto de brindar mantenimiento de señalización vial y de tránsito a la nueva ciudad durante el Período de Transición; el costo neto de prestar dichos servicios será pagado por el Fondo para Carreteras del Condado (aproximadamente $283,000). En el año fiscal 2010-11, el Condado, utilizando los Fondos de los Parques, pagará el crédito neto por los costos de los servicios de parques a la nueva ciudad (aproximadamente $398,000) durante el Período de Transición.

4. Base Anual del Impuesto a la Propiedad

La base anual del impuesto a la propiedad General transferido a la nueva ciudad de conformidad con la §56375 del Código de Gobierno será de $1,292,813. Este monto es independiente de la transferencia de cualquier otro fondo.

Además del impuesto a la propiedad transferido a la nueva ciudad según las §§56810 (c) y 56812 del Código de Gobierno, la nueva ciudad recibirá el 100% de las diversas asignaciones del impuesto a la propiedad de las Áreas de Servicios del Condado (CSA) asignadas al área de Alamo debido a la transferencia de estos distritos a la nueva ciudad de la siguiente manera:

  • CSA P-2/Zona B - $135,194
  • CSA P-5 - $194,288
  • CSA P-6 - $566,408
  • CSA L-100 - $38,384
  • CSA R-7A - $807,699

5. Obligación de Mitigación

Para realizar las conclusiones de neutralidad de ingresos bajo la §56845(c) del Código de Gobierno, los términos y condiciones establecidos en la resolución de neutralidad de ingresos (Anexo A) adoptados por el Condado, estipulados a continuación, por el presente se imponen como condición para la aprobación de la incorporación:

A. Obligación Total del Fondo General: El Pueblo pagará al Condado un total de $3 millones en pagos de neutralidad de ingresos. Esta obligación de neutralidad de ingresos total está basada en un monto deficitario anual del Condado de $656,977, según lo calculado en el CFA. i. Fuente del Pago: El Pueblo hará un pago por la suma total de $3 millones al Condado. Se prevé que estos fondos provendrán de las reservas acumuladas del Fondo General del Pueblo. ii. Cronograma de Pagos: El Pueblo pagará al Condado el monto completo del pago de la suma total antes del 30 de junio de 2019. iii. Pre-pago: El Pueblo puede pre-pagar cualquier monto adeudado bajo este Acuerdo en los términos acordados mutuamente entre el Pueblo y el Condado. B. Obligación Total de Fondos para Carreteras El Pueblo acepta renunciar a los pagos de Neutralidad de Ingresos del Fondo para Carreteras del Condado de $310,570, según lo calculado en el CFA.

6. Tesorero-Recaudador de Impuestos y Servicios Administrativos

El Recaudador de Impuestos seguirá cobrando todos los impuestos actualmente cobrados por el Condado pero transferidos a la ciudad, para lo que resta del año inicial; los servicios futuros (que no son actualmente suministrados a todas las ciudades) deberán ser negociados con la nueva ciudad.

7. Calles y Carreteras

De conformidad con la §57385 del Código de Gobierno, en la fecha de entrada en vigencia de la incorporación, todas las carreteras y autopistas o partes de la(s) carretera(s) y autopista(s), en el área de incorporación que han sido aceptadas en el sistema de carreteras del Condado según la §941 del Código de Calles y Autopistas, se convertirán en calles de la ciudad, y todos los derechos, títulos, intereses y responsabilidad por dichas carreteras y autopistas y todas las pendientes, líneas divisorias, veredas, senderos, carriles para bicicletas, áreas con paisajes, faroles, señales y puentes adyacentes pertenecientes a y operados por el Condado de Contra Costa que estén ubicados dentro de los derechos de paso público dentro del área de incorporación, investirán con la nueva ciudad.

8. Control de Inundaciones y Alcantarillados de Tormenta

En la fecha de entrada en vigencia de la incorporación, el Pueblo de Alamo asumirá las obligaciones y responsabilidades del Condado de Contra Costa según los acuerdos de Cobro de la Tarifa de Alcantarillado, Derecho de Paso y Mantenimiento para las Áreas de Alcantarillado 9, 13 y 76 firmados con el Distrito de Control de Inundaciones y Conservación del Agua del Condado de Contra Costa el 17 de octubre de 2006.

El Pueblo de Alamo aceptará del Condado de Contra Costa la transferencia de los derechos de los terrenos, aceptados por el Condado de Contra Costa con fines de alcantarillado, en las siguientes parcelas, identificados por el Número de Parcela del Tasador:

Miranda Creek 192-110-020, -021, -023 192-280-003, -018 192-290-016, -024 192-300-005, -024, -025 192-310-001, -005, -007, -009, -012, -015, -017, -024 192-340-002, -003, -004, -005, -006, -007, -008, -009, -010 192-350-002 192-360-009

Rutherford Creek 197-090-003

San Ramon Creek 197-330-007 197-420-036

Bunce Meadows Ditch 192-300-024, -025 192-340-001

Bolla Acres Ditch 193-080-072, -073 193-090-003, -004, -016, -019, -020, -021, -022, -023, -024, -025 193-100-008, -009, -015, -016, -017, -018, -021 193-111-001, -002, -007, -008 193-384-003, -004, -005 193-410-001, -002, -003, -004

Erselia Trails Ditch 192-170-047, -057

El Pueblo de Alamo aceptará del Condado de Contra Costa la transferencia de todos los otros derechos del terreno, no indicados anteriormente, aceptados por el Condado de Contra Costa con fines de alcantarillado y retallo para el arroyo.

9. Transferencia de Otra Propiedad Inmueble

La transferencia de otra propiedad inmueble, si fuera necesario, ocurrirá de conformidad con un futuro acuerdo entre el Pueblo de Alamo y el Condado de Contra Costa.

10. Transferencia "TAL CUAL ES"

La propiedad inmueble o personal del Condado de Contra Costa transferida a la nueva ciudad de conformidad con esta resolución será aceptada por la nueva ciudad "tal cual es".

11. HOME, McKinney y Community Development Block Grant (CDBG)

La Ciudad participará en los consorcios HOME, McKinney y CDBG al menos a través de la finalización de los actuales contratos de los programas.

12. Áreas de Servicio del Condado (CSA) y Distritos/Zonas de Determinación de Beneficios

De conformidad con la §25210.01 del Código de Gobierno, la ley del CSA dispone desprendimientos automáticos, parciales o totales, de las CSA cuando los terrenos son incorporados, a menos que LAFCO especifique lo contrario. De conformidad con la §56375(n) del Código de Gobierno, LAFCO puede anular esta disposición de la ley si concluye que desprender un territorio del CSA privaría al área de un servicio necesario para asegurar la salud, seguridad y el bienestar de los residentes, y determina que la anulación no afectaría la capacidad de la nueva ciudad para proveer el servicio.

Actualmente hay siete CSA y cuatro distritos/zonas de determinación de beneficios que atienden los límites de la incorporación de Alamo propuesta. Las fuentes de financiamiento incluyen una combinación de impuestos a la propiedad y/o a las parcelas y determinaciones de beneficios. Con respecto a estos distritos y zonas, y de conformidad con el Acuerdo de Neutralidad de Ingresos, ocurrirá lo siguiente:

A. CSA EM-1 se mantiene intacto. B. El desprendimiento de las CSA L-100, P-2 y P-6 es diferido hasta el final del Período de Transición, en cuyo momento todos los fondos, activos y obligaciones comprometidos de aquellas partes de las CSA que están dentro del Límite Alternativo 1 serán transferidos a la nueva ciudad. Después de la incorporación, la nueva ciudad asumirá la responsabilidad de suministrar los servicios. Durante el Período de Transición la nueva ciudad determinará el mecanismo apropiado (por ejemplo: distrito de determinación de beneficios) si lo hubiera, para seguir con el financiamiento al CSA. Se asume que los gravámenes actuales seguirían financiando los servicios en las mismas áreas dentro de Alamo que están cubiertas por las CSA. Al vencimiento del Período de Transición, la nueva ciudad será desprendida de las CSA. C. La disolución de las CSA M-30, P-5 y R-7A es diferida hasta el final del Período de Transición, en cuyo momento todos los fondos, activos y obligaciones comprometidos de estos distritos, junto con la responsabilidad por los servicios serán transferidos a la nueva ciudad. Durante el Período de Transición la nueva ciudad determinará el mecanismo apropiado (por ejemplo: distrito de determinación de beneficios) si lo hubiera, para seguir con el financiamiento al CSA. Se asume que los gravámenes actuales seguirían financiando estos servicios en las mismas áreas dentro de Alamo que están cubiertas por las CSA. Al vencimiento del Período de Transición, estas CSA serán disueltas. D. LL-2 Zonas de Beneficios 36, 45 y 54: Las Zonas de Beneficios 36, 45 y 54 del Distrito de Paisajismo de Todo el Condado LL-2 se desprenderán del Condado el último día del Período de Transición. Los servicios suministrados por el Condado dentro de estas zonas continuarán al mismo nivel durante el año fiscal 2008-09 y durante el Período de Transición. El último día del Período de Transición, todos los fondos no comprometidos de estas zonas, incluyendo el dinero en efectivo en mano y el dinero adeudado pero no cobrado, y todas las obligaciones de estas zonas serán transferidos a la nueva ciudad. Además, al vencimiento del Período de Transición, la autoridad para cobrar los gravámenes o tarifas por estos servicios pasará a la nueva ciudad.

13. Pago Compensador

Si el cálculo de los impuestos a la propiedad preparados de conformidad con la §56810 del Código de Gobierno fuera modificado como resultado de una acción judicial presentada según la §56810(h) del Código de Gobierno, o como resultado de una medida legislativa con aplicación retroactiva, para disponer que el Condado retenga una participación mayor y que se transfiera una participación menor a la ciudad que la especificada por LAFCO según la §56810 del Código de Gobierno, al aprobar la incorporación, el Condado transferirá el monto del impuesto a la propiedad anual que resulte de dicha diferencia a la ciudad con el fin de mantener la neutralidad de ingresos de conformidad con la §56815 del Código de Gobierno, y los términos y condiciones de LAFCO (el "pago compensador").

Si el cálculo preparado según la §56810 del Código de Gobierno fuera modificado como resultado de una acción judicial presentada según la §56810(h) del Código de Gobierno o como resultado de una medida legislativa con aplicación retroactiva, para establecer que el Condado retenga una participación menor y que se transfiera una participación mayor a la ciudad que la especificada por LAFCO según la §56810 del Código de Gobierno, al aprobar la incorporación, la ciudad deberá hacer un pago compensador al Condado.

14. Conclusiones de la Neutralidad de Ingresos

Según la §56845 del Código de Gobierno, la Comisión concluye que:

A. Los ingresos actualmente recibidos por el Condado de Contra Costa para el área de incorporación y los desembolsos por las responsabilidades de los servicios a ser transferidos a la nueva ciudad no son iguales. B. Al aprobar la incorporación propuesta, la Comisión concluye, según la §56815 del Código de Gobierno, lo siguiente: i. Que el Condado de Contra Costa ha aceptado la incorporación del Pueblo de Alamo en los términos y condiciones establecidos en el Acuerdo de Neutralidad de Ingresos (Resolución Nº 2008/529); y ii. Que la aprobación del Acuerdo de Neutralidad de Ingresos de parte del Condado y los demás términos y condiciones establecidos en el presente mitigan adecuadamente el efecto fiscal negativo de la incorporación al Condado; y iii. Que a pesar de las condiciones contenidas en el presente incorporando todas las disposiciones del Acuerdo de Neutralidad de Ingresos, la Comisión no podría realizar las conclusiones requeridas según la §56815 y aprobar la incorporación; y iv. Que los términos y condiciones contenidos en el presente son una parte integral de la aprobación de la incorporación bajo las §§56880, 56881, 56375 y 56720 del Código de Gobierno; y v. Que los términos y condiciones relacionados con la neutralidad de ingresos impuesta por esta resolución son promulgaciones legislativas independientes de la Comisión.

15. Límite Provisional a las Apropiaciones

El límite provisional a las apropiaciones, según lo requerido por el Artículo XIIIB de la Constitución de California, y de conformidad con la §56812 del Código de Gobierno, será de $8,643,695 (Límite Alternativo 1). Un límite permanente a las apropiaciones será establecido por los votantes de la nueva ciudad en la primera elección municipal, que será llevada a cabo después del primer año de funcionamiento completo de la nueva ciudad (§56812 del Código de Gobierno).

16. Continuación de los Impuestos Generales

El Pueblo de Alamo estará autorizado a y continuará aplicando como impuestos generales de la ciudad aquellos impuestos generales actualmente aplicados por el Condado de Contra Costa. Los tipos, tasas y métodos de recaudación de los impuestos generales que continuarán son los siguientes:

A. Un impuesto a las ventas y al uso de bienes de la venta minorista o del uso de bienes personales tangibles dentro del Pueblo de Alamo que será recaudado bajo contrato por la Junta Directiva Estatal de Impuestos sobre Ventas y devuelto al Pueblo de Alamo según la(s) ordenanza(s) local(es). B. Un impuesto a la transferencia de propiedades inmuebles a la tasa impuesta por el Condado de Contra Costa sobre la venta de propiedad inmueble dentro del Pueblo de Alamo a ser recaudado por el Condado de Contra Costa y devuelto al Pueblo de Alamo según la(s) ordenanza(s) local(es). C. Todos los demás impuestos generales actualmente aplicados por el Condado de Contra Costa a la misma tasa y de la misma manera que son aplicados y recaudados por el Condado de Contra Costa. D. Todos los impuestos generalmente autorizados para las ciudades incorporadas, incluyendo, sin limitaciones:  Impuestos a la propiedad  Impuestos a las ventas  Impuestos a la transferencia de propiedades inmuebles  Tarifas de franquicia

17. Continuación de Tarifas y Cargos

Según la 56886(t) del Código de Gobierno, el Pueblo de Alamo estará autorizado a aplicar cualquier otra tarifa, gravamen y cargos a la misma tasa y de la misma manera que son aplicados y recaudados por el Condado de Contra Costa, sobre dichas tarifas, gravámenes y cargos que financian los servicios que serán suministrados por la nueva ciudad.
18. Esfera de Influencia para el Pueblo de Alamo

La Comisión adoptará una esfera de influencia para el Pueblo de Alamo que sea confinante con los límites de la Ciudad, según la §56426.5 del Código de Gobierno.

19. Valuación Fiscal dentro de la Ciudad Propuesta

La valuación fiscal con fines del cálculo del impuesto a la propiedad dentro del área de incorporación propuesta es de aproximadamente $4,602,760,661.

20. Votantes Inscritos dentro de la Ciudad Propuesta

El área propuesta para la incorporación está legalmente habitada con una población de aproximadamente 16,683 según se deriva del Censo del año 2000. Según la §56375(f) del Código de Gobierno, la cantidad de votantes inscritos dentro del área de incorporación propuesta es de 10,243 al 28 de agosto de 2008.

21. Acuerdos de Urbanización Todos los acuerdos de urbanización celebrados entre el Condado de Contra Costa y cualquier postulante a un proyecto de urbanización, y todas las condiciones de aprobación (incluyendo las medidas de mitigación adoptadas según la CEQA) impuestas por la Junta Supervisora del Condado en todos los proyectos discrecionales adoptados y aprobados antes de la fecha de entrada en vigencia de la incorporación seguirán siendo válidos y aplicables entre el postulante y el nuevo Pueblo de Alamo, sujeto a la §65865.3 del Código de Gobierno.

22. Permiso Nacional para el Sistema de Eliminación de Descarga de Contaminantes (National Pollution Discharge Elimination System Permit, NPDES)

El Pueblo de Alamo se convertirá en un co-autorizado bajo los términos asociados del Permiso Nacional para el Sistema de Eliminación de Descarga de Contaminantes existente en todo el condado.

23. Asociaciones Regionales y del Estado

Se alienta a la nueva ciudad a participar en diversas asociaciones y organizaciones regionales y del Estado, incluyendo, sin limitaciones, la Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía (Association of Bay Area Governments, ABAG), la Autoridad de Transporte del Condado de Contra Costa y la Liga de las Ciudades de California.

24. Acuerdo de Indemnización

Dentro de los diez (10) días calendario de la aprobación de LAFCO, el postulante deberá enviar un acuerdo de indemnización firmado estableciendo que el postulante indemnizará a LAFCO contra cualquier gasto que surja de cualquier medida legal que cuestione la incorporación.

25. Procedimientos Subsiguientes

Todos los procedimientos subsiguientes relacionados con esta reorganización serán realizados sólo en cumplimiento con los límites aprobados establecidos en los adjuntos y todos los términos y condiciones especificados en esta resolución.

26. Aceptación de las Conclusiones y Recomendaciones

Según la §56803 del Código de Gobierno la Comisión, por el presente, acepta las conclusiones y recomendaciones hechas en el Informe de la Funcionaria Ejecutiva preparado de conformidad con la §56665 del Código de Gobierno y el Estudio Fiscal Comprensivo preparado según la §56800, junto con todo cambio deseado.

27. Divisibilidad

Si algún término o condición de esta resolución fuera considerado ilícito, inaplicable, inválido o nulo por un juicio definitivo de un tribunal de jurisdicción competente, todos los demás términos y condiciones de esta resolución continuarán en plena vigencia y vigor y la incorporación del Pueblo de Alamo continuará en vigencia y no será anulada o invalidada por causa de dicho término o condición considerado ilícito, inaplicable, inválido o nulo.

28. Distribución de esta Resolución

Por el presente se autoriza y se ordena a la Funcionaria Ejecutiva que envíe por correo copias certificadas de esta resolución según lo establecido en la §56882 del Código de Gobierno.
29. Registro del Procedimiento

El Estudio Fiscal Comprensivo, Estudio Inicial/Declaración Negativa y otros documentos y materiales que constituyen el registro de los procedimientos sobre los cuales se basa la decisión de la Comisión se encuentran en la oficina de LAFCO de Contra Costa, 651 Pine Street, Sexto Piso, Martinez, CA 94553. La custodia de estos documentos es la Funcionaria Ejecutiva de LAFCO.

  • * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

APROBADA Y ADOPTADA EL día 18 de septiembre de 2008, con la siguiente votación:

SÍ: McNair, D. Piepho, Schmidt, Uilkema

NO: Allen

ABSTENCIONES:

AUSENTES: Glover (M), Meadows (M), Bristow (A), M. Piepho (A), Schroder (M), Tatzin (A)

GAYLE B. UILKEMA, VICEPRESIDENTA, LAFCO DE CONTRA COSTA

Por el presente certifico que ésta es una copia correcta de una resolución aprobada y adoptada por esta Comisión en la fecha mencionada anteriormente.

Fechado: 18 de septiembre de 2008 Lou Ann Texeira, Funcionaria Ejecutiva


Contra Costa Home Page || Statewide Links || About Smart Voter || Feedback
Created: May 12, 2009 08:47 PDT
Smart Voter <http://www.smartvoter.org/>
Copyright © League of Women Voters of California Education Fund   http://www.lwvc.org
The League of Women Voters neither supports nor opposes candidates for public office or political parties.